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Dado que la demanda de nuestros servicios excede en mucho la disponibilidad de nuestro personal y abogados, los casos son seleccionados en base a los recursos disponibles y nuestras áreas prioritarias. Si su problema no es aceptado como un caso, usted tiene el derecho de apelar nuestra decisión.

Al decidir si podemos representarle directamente, vamos a considerar:

  • Los detalles de su caso
  • Otros recursos disponibles para usted
  • Su capacidad para abogar por sí mismo
  • Si su problema se encuentra dentro de una de nuestras áreas de servicio como se determina a través de encuestas públicas y aprobación de la Junta
  • Disponibilidad de recursos dentro de nuestra organización
  • La medida en que su caso puede beneficiar a otros con discapacidades

Por favor recuerde que sólo representamos personas con discapacidades.

Lo que no hacemos

Lamentablemente, no somos capaces de prestar asistencia financiera y no prestamos servicios jurídicos en las siguientes esferas:

  • Bancarrota
  • Derecho penal
  • Derecho de familia (divorcio, custodia de menores, etc.)
  • Robo de identidad
  • Negligencia
  • Ejecución hipotecaria
  • Lesiones personales
  • Testamentario
  • Propiedad
  • Determinaciones o apelaciones de la seguridad social
  • Voluntades

Si necesita referencias de información general sobre los servicios disponibles para personas con discapacidades en Texas, por favor llame 2-1-1.

Lista de referencias

Si no podemos tomar su caso, por favor refiérase a esta lista de otros recursos legales que pueden ser capaces de asistirle:

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