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Cómo presentar una queja de acuerdo con los Títulos II y III de ADA

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Folleto de Derechos de los Discapacitados en Texas

Para solicitar este folleto en Lengua de Señas Americana (ASL, por sus siglas en inglés), Braille o como un archivo de audio, contáctenos.

Cómo presentar una queja de acuerdo con los Títulos II y III de ADA

Este folleto cubre cómo presentar una queja de acuerdo con los Títulos II y III. Para presentar una queja de acuerdo con el Título I (empleo), consulte nuestro folleto sobre Discriminación por Empleo.

Introducción

El Título II de la Ley de estadounidenses con discapacidades (ADA) prohíbe la discriminación en base a discapacidad en todos los programas, actividades y servicios de gobiernos estatales y locales. El Título III de ADA prohíbe la discriminación en base a discapacidad en adaptaciones públicas. Las entidades privadas cubiertas por el Título III incluyen:

  • lugares de alojamiento,
  • establecimientos que sirven comida y bebida,
  • lugares de exhibición o entretenimiento,
  • lugares de reunión pública,
  • establecimientos de alquiler o ventas,
  • establecimientos de servicio,
  • estaciones usadas para transporte público especificado,
  • lugares de colecciones o exhibiciones públicas,
  • lugares de recreación,
  • lugares de educación,
  • establecimientos de centros de servicio social, y
  • lugares de ejercicio o recreación.

El Título III también cubre instalaciones comerciales (tales como almacenes, fábricas y edificios de oficinas), servicios de transporte privado y prácticas de licencia y pruebas.

Por favor, tenga en cuenta que un individuo normalmente tiene 180 días desde la supuesta fecha de la discriminación para presentar una queja en el Departamento de Justicia (DOJ).

Si usted cree que usted u otra persona ha sido discriminada por un negocio, entidad, agencia, organización o institución cubierta por el Título II y/o III, usted puede presentar una queja en el Departamento de Justicia. Usted puede presentar una queja en línea, enviando un formulario o carta o por llamada telefónica.

Presentar una queja en línea

Usted puede usar el formulario de informe en línea del Departamento de Justicia para presentar su queja. El formulario lo llevará a usted a través de un proceso en 7 pasos para enviar su queja al Departamento de Justicia. El formulario es completamente accesible y también está disponible en inglés y español, y se agregarán más idiomas en el futuro.

Enviar un formulario

Usted también puede completar y enviar un formulario de queja por discriminación de la Ley de estadounidenses con discapacidades. El formulario puede ser completado por escrito o en computadora. Usted puede enviar el formulario por correo o fax.

Para enviar su formulario por correo, envíelo a:

U.S. Department of Justice
950 Pennsylvania Avenue, NW
Civil Rights Division
Disability Rights Section
Washington, D.C. 20530

Para enviar su formulario por fax, envíelo al número 202-307-1197.

Envíe una carta

Otra opción para enviar su queja es simplemente escribiendo una carta. En la carta, usted debería incluir tanta información como sea posible sobre lo siguiente:

  • Información de contacto: Su nombre completo, dirección, números de teléfono/video donde el Departamento de Justicia pueda localizarlo a usted durante el día y por la noche, y el nombre de la parte que fue discriminada (si no es usted)
  • Supuestos actores: El nombre, dirección e información de contacto del negocio, entidad, agencia, organización o persona que usted cree ha cometido la discriminación
  • Testigos: El nombre, dirección e información de contacto de cualesquiera testigos que pudieran proporcionar información relevante relacionada con los supuestos actos de discriminación
  • Descripción: Una descripción breve de los actos de discriminación, las fechas en que ocurrieron, y los nombres de los individuos involucrados
  • Otra información: Otra información que usted crea necesaria para apoyar su queja, incluyendo copias (no originales) de los documentos correspondientes
  • Preferencias de comunicación: información acerca de cómo comunicarse con usted de forma efectiva. Por ejemplo ¿Necesita usted comunicaciones escritas en un formato específico (por ej., letras grandes, Braille, documentos electrónicos) o requiere comunicaciones por videoconferencia o TTY?

Presentar una queja por teléfono

Usted también podría presentar una queja por teléfono llamando al 202-307-0663 o por TTY al 1-800-514-0383. Asegúrese de informar al representante del Departamento de Justicia que usted está llamando para presentar una queja ADA, y si usted necesita presentar la queja por teléfono como una adaptación relacionada con una discapacidad, asegúrese de informar de esto también. Asegúrese de documentar con quién habló usted, y el día y hora de la conversación. Solicite también que usted obtenga información por escrito de que su queja ha sido presentada.

Qué espera usted después de presentar una queja con el Departamento de Justicia

La sección de Derechos por Discapacidad de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia considerará su queja y le informará a usted acerca de su acción. La autoridad para recolectar esta información está contenida en 42 U.S.C. § 12188(b). El Departamento de Justicia investigará la queja y determinará si empezar las acciones de aplicación de la ley contra los supuestos actores discriminatorios, incluyendo posible litigio. El Departamento de Justicia no necesariamente hará una determinación sobre cada queja acerca de si hay una violación de ADA o no. Si el Departamento de Justicia cree que hay un patrón o práctica de discriminación, o la queja suscita un problema de importancia pública general, puede tratar de negociar un arreglo del asunto, o puede iniciar un juicio en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos. Cualquier juicio de tal naturaleza se tomaría en nombre de los Estados Unidos, el Departamento de Justicia no actúa como su apoderado o su representante en la queja. Sin embargo, usted también tiene la opción de presentar su propio caso en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos.

Algunas veces, el Departamento de Justicia derivará las quejas al Programa de Mediación Key Bridge. A través de este programa, si ambas partes están de acuerdo, la queja será asignada a un mediador. El mediador ayudará a las partes a resolver la queja facilitando una mediación. Una mediación es un proceso estructurado, aunque más información que ir a un tribunal, en el cual las partes tienen la oportunidad de negociar algunos términos para llegar a un acuerdo de liquidación legalmente vinculante. Si usted está interesado en intentar la mediación, recomendamos que haga saber al Departamento de Justicia acerca de esto en la queja incluyendo un lenguaje como: «Estoy solicitando que esta queja sea considerada para su mediación».

El Departamento de Justicia necesita toda esta información para investigar su queja. La información personal será usada principalmente para actividades autorizadas de aplicación y cumplimiento de derechos civiles conducidas por el Departamento de Justicia. Este no divulgará el nombre u otra información de identificación acerca de un individuo, a menos que sea necesario para actividades de cumplimiento de la ley contra una entidad que supuestamente ha violado la ley federal, o a menos que se requiera divulgar esta información de acuerdo con la Ley de Libertad de Información, 5 U.S.C. § 552, o tal como sea permitido a través de la publicación de un uso rutinario de acuerdo con la Ley de Privacidad de 1974, 5 U.S.C. § 552a.

Para promover las actividades de cumplimiento de la ley del Departamento de Justicia, la información acerca de usted puede ser dada a las agencias federales, estatales o locales apropiadas. Se pueden hacer divulgaciones adicionales de información a:

  • miembros del Congreso o el personal;
  • trabajadores estudiantes voluntarios dentro del Departamento de Justicia para que puedan cumplir sus deberes;
  • los medios de información cuando la divulgación se hace consistente con la Ley de Libertad de Información y C.F.R. 40.2; y
  • la Administración de Registros y Archivos Nacionales y la Administración de Servicios Generales para efectuar funciones de inspección de gestión de registros, de acuerdo con sus responsabilidades estatutarias.

Suministrar la información solicitada es voluntario, excepto que no proporcionar esta información puede dar como resultado que el Departamento de Justicia no pueda procesar su queja.

Nota: Para información relacionada con presentar quejas del Título I (empleo), lea nuestro folleto sobre Discriminación por Empleo.

 

Última actualización: 11 de enero de 2021
Código de Publicación: AC01S


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Descargo de responsabilidad: Disability Rights Texas se esfuerza por actualizar sus materiales anualmente, y este folleto se basa en la ley en el momento en que fue escrito. La ley cambia frecuentemente y está sujeta a varias interpretaciones por diferentes cortes. Cambios futuros en la ley pueden hacer que parte de la información en este folleto no sea exacta.

Este folleto no está diseñado para, ni sustituye la asesoría de un abogado o ayuda para su situación en particular.

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