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Acerca del programa PAIMI

En 1986, el Congreso autorizó el programa de Protección y defensa de las personas con enfermedades mentales (PAIMI, por sus siglas en inglés) de la Ley de Protección y Defensa de las Personas con Enfermedades Mentales. El programa está financiado mediante el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés) y la Administración de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos.

El programa PAIMI se estableció originalmente para proporcionar servicios de protección y defensa para los individuos con enfermedades mentales graves o discapacidades emocionales que residían o habían residido recientemente en entornos institucionales. En el año 2000, el Congreso expandió el programa PAIMI para cubrir a los individuos en entornos institucionales y comunitarios, lo que incluye sus propios hogares, lo que complementa la intención del fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Olmstead v. L.C. (527 U.S. 581).

Bajo el programa PAIMI, las agencias de protección y defensa, como Disability Rights Texas, están autorizadas para investigar abusos, negligencia y violaciones de derechos en todas las instalaciones públicas y privadas y en entornos comunitarios, lo que incluye hospitales, instalaciones de cuidados de enfermería y hogares de grupo, y a supervisar la eficiencia de las agencias estatales que acreditan y regulan estos programas.

El personal del programa PAIMI también desempeña un rol fundamental en la implementación de las Iniciativas estratégicas de SAMSHA, lo que incluye un rol importante en asegurar que las personas con enfermedades mentales tengan acceso a educación, vivienda, empleo y otros apoyos y servicios necesarios en la comunidad para que puedan seguir siendo parte de la comunidad y ser independientes económicamente. Además, el personal del programa trabaja para reducir la discriminación en el empleo y la vivienda. Asimismo, el personal del programa PAIMI juega un papel cada vez más crítico en las instalaciones de justicia juvenil y correccionales para adultos, donde las personas con enfermedades mentales, que no están recibiendo los apoyos y servicios que necesitan en la comunidad, a menudo terminan encarceladas.

El Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos también ordenó que el Sistema de Protección y Defensa reciba informes de investigación sobre muertes y lesiones graves relacionadas con prácticas de contención y aislamiento en hospitales y establecimientos psiquiátricos. Finalmente, en 2002 y 2003, el Congreso afirmó que el Sistema de Protección y Defensa tiene un papel significativo en abordar las necesidades de integración comunitaria de las personas con enfermedades mentales.

Acerca del Consejo Asesor del PAIMI

Los miembros del Consejo Asesor del PAIMI (Protección y defensa de las personas con enfermedades mentales) reflejan la diversa comunidad a la que sirve Disability Rights Texas (DRTx). Estamos obligados por la Ley Federal PAIMI, cuyo propósito es ayudar a los estados a establecer y operar un sistema de protección y defensa para individuos con enfermedades mentales y proteger y abogar por los derechos de dichos individuos mediante actividades para garantizar el cumplimiento de los estatutos de la Constitución, federales y estatales. De conformidad con el estatuto federal, el Consejo “…aconsejará al sistema sobre políticas y prioridades que se llevarán a cabo para proteger y abogar por los derechos de las personas con enfermedades mentales…”.

Las personas con enfermedades mentales, sus familiares y profesionales están representados en el Consejo. DRTx y el Consejo Asesor del PAIMI también se comprometen a seleccionar a miembros representativos de las diversas comunidades étnicas y culturales de Texas y a hacer todo lo posible para garantizar que el Consejo refleje las diferentes zonas geográficas del estado.

Para ser elegible para ser miembro del Consejo Asesor, el individuo debe residir en el estado de Texas, no puede ser un familiar o pareja de un miembro actual del Consejo Asesor, y no puede ser un empleado de DRTx.

Sujeto a estas limitaciones, el Consejo Asesor estará compuesto por:

  1. Al menos un (1) abogado
  2. Profesionales de salud mental
  3. Individuos del público que tengan conocimiento acerca de las personas consideradas con enfermedades mentales, las necesidades de defensoría de las personas con enfermedades mentales y que hayan demostrado un compromiso significativo en mejorar los servicios de salud mental
  4. Proveedores de servicios de salud mental
  5. Individuos que hayan recibido o estén recibiendo servicios de salud mental
  6. Individuos que son familiares de personas que hayan recibido o estén recibiendo servicios de salud mental
  7. Al menos un miembro debe ser un proveedor de atención primaria de un individuo que es actualmente un niño menor de edad