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Votaciones provisionales

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Según la denominada “Ley de Ayude a América a Votar”, no se le negará la oportunidad de emitir su voto a ningún votante que intente sufragar en un centro de votaciones el día de las elecciones. Luego, si el votante es apto, se contará su voto.

Si existe alguna duda con respecto al derecho al sufragio del votante en el centro de votación, esta persona tendrá derecho a emitir un voto provisional.

¿Quiénes son aptos para emitir un voto provisional?

Las siguientes personas son aptas para emitir un voto provisional:

  • Un votante que asegura estar correctamente empadronado y ser apto para votar en el distrito electoral, pero cuyo nombre no aparezca en la lista de votantes empadronados y cuyo registro no pueda ser determinado por el funcionario del registro electoral.
  • Un votante que haya solicitado una boleta por correo postal, pero que no haya enviado su voto por ese medio y asegure que no recibió o no envió la boleta.
  • Un votante que vote durante un horario electoral especialmente extendido por una orden judicial estatal o federal.
  • Un votante que figure en la lista, pero cuya dirección registrada esté fuera de la subdivisión política.
  • Un votante que haya recibido una denegación porque su nombre no coincide de manera exacta entre su documento de identidad y la lista de votantes empadronados.

¿Cómo puedo obtener una boleta de votación provisional?

Si un trabajador del centro electoral le niega su derecho a votar por algún motivo, pida una boleta de votación provisional. Primero se le solicitará que complete y firme un sobre de declaración jurada para votación provisional.

¿Qué es un sobre de declaración jurada para votación provisional?

Por medio del sobre de declaración jurada para votación provisional, se le exige que declare que es un votante empadronado de la subdivisión política, que es residente al día de la elección y que es apto para votar en las elecciones.

Debe proporcionar la misma información que tendría que suministrar si se estuviera registrando para votar. Esta información se recaba para que se lo pueda registrar para votar si resulta que en realidad no estaba empadronado.

Si se rehúsa a firmar el sobre de declaración jurada para votación provisional, no será apto para emitir el voto provisional.

¿Qué sucede luego de que firmo el sobre de declaración jurada para votación provisional?

Una vez que firma el sobre de declaración jurada para votación provisional, su nombre se ingresa en una lista de votantes provisionales y, además, se incorpora a la lista de las elecciones con la indicación de que emitió un voto provisional.

Luego se le solicita que firme la planilla normal. El juez electoral controlará el motivo por el que vota de manera provisional y, luego, firmará el sobre de votación provisional.

A continuación, el juez electoral le indicará que seleccione una boleta de una pila de boletas de votación provisional previamente designadas. Se le dará la posibilidad de que marque la boleta.

Una vez que vote con la boleta provisional, la introducirá en un sobre de confidencialidad de color blanco liso, introducirá ese sobre dentro del sobre para votación provisional y, por último, depositará el sobre en una urna designada por el juez electoral. IMPORTANTE: Su voto provisional no se contará si no se lo coloca en la urna electoral sellado dentro del sobre correspondiente.

¿Puedo usar una boleta provisional si voto en persona de forma anticipada y tengo problemas?

Sí. Si tiene algún problema al votar en persona de forma anticipada, tiene derecho a votar con una boleta provisional.

Nota: Si tiene alguna dificultad en esa situación específica, también tiene derecho a rehusarse a votar en persona de manera anticipada, corregir los problemas que lo hubieran llevado a votar con una boleta provisional y, luego, votar con una boleta normal el día de las elecciones.

¿Qué sucede con la boleta provisional una vez que emito mi voto?

El funcionario del registro electoral revisa los sobres de declaración jurada para votación provisional para asegurarse de que el votante esté empadronado. El funcionario agrega una de las siguientes leyendas en el sobre de declaración jurada para votación provisional:

  • No hay registros de la solicitud de inscripción del votante en este condado.
  • El registro se canceló el ______ (completar con la fecha).
  • Se registró menos de 30 días antes de las elecciones.
  • Se rechazó el registro del votante por falta de aptitud.
  • Se registró para votar, pero figura por error en otro distrito electoral.
  • Se registró para votar en otro distrito electoral del condado.
  • La información de nuestros registros indica que el individuo completó una solicitud de empadronamiento, pero que esta nunca se recibió en la oficina del funcionario del registro electoral.
  • Se retiró al votante por error de la lista de votantes empadronados.

¿En qué casos un voto provisional es apto para que se lo cuente?

Una vez que el funcionario del registro electoral revisa las boletas, la junta de votación anticipada se reúne y controla cada sobre de declaración jurada para votación provisional a fin de determinar si se debe contar la boleta o no. Las boletas de votación provisional se cuentan si:

  • El votante está registrado para votar, pero se lo registró por error en otro distrito electoral.
  • El votante es apto y envió oportunamente una solicitud de registro, pero el funcionario del registro electoral no la recibió a tiempo.
  • El votante se retiró por error de la lista y, de algún otro modo, está calificado para votar.
  • El funcionario del registro electoral cuenta con la información en su oficina de que el votante sí completó una solicitud y de que, de algún otro modo, está calificado para votar.

¿En qué casos un voto provisional no es apto para que se lo cuente?

Las boletas de votación provisional no se cuentan si:

  • No hay registros de la solicitud de inscripción del votante en el condado.
  • Se canceló el registro del votante.
  • El votante se registró menos de 30 días antes de las elecciones.
  • El votante presentó una solicitud que estaba incompleta y no proporcionó la información adicional que se le solicitó.
  • La solicitud de registro se rechazó por falta de aptitud.
  • El votante ya emitió su voto de forma anticipada, ya sea en persona o por correo postal.
  • El votante no estaba registrado y no tenía derecho a votar en el distrito electoral en el que emitió el voto.

¿Cómo puedo saber si mi boleta provisional se contó?

En un plazo de 10 días, recibirá un aviso por correo en el que se le indicará si su boleta se contó o no. Si no se contó, en el aviso también se le indicarán los motivos de dicha decisión.

También recibirá información sobre cómo utilizó el sobre de declaración jurada para votación provisional el funcionario del registro electoral para registrarlo o para actualizar la información de su registro.

¿Por qué es importante saber si se emitió un voto provisional?

El motivo principal es que pueda resolver los problemas que tenga antes de las siguientes elecciones. También es importante que lo sepa porque tiene derecho a apelar la decisión.

¿Cómo puedo apelar la decisión de no contar mi voto provisional?

Para apelar la decisión de no contar su voto provisional, use el formulario “Reclamo sobre las elecciones dirigido al Secretario de Estado” (PDF, en Inglés).

Obtener ayuda

Si necesita ayuda para registrarse para votar, si tiene preguntas relacionadas con la votación o si siente que se infringió alguno de sus derechos de votación, comuníquese con Disability Rights Texas al 1-888-796-VOTE (8683) o por correo electrónico a VOTE@DRTx.org.

Si desea obtener más información, puede comunicarse con la oficina del Secretario de Estado de Texas:

Secretario de Estado de Texas
Apartado postal 12060
Austin, Texas 78711-2060
Teléfono: 512-463-5650 u 800-252-VOTE (8683)
Fax: 512-475-2811; TTY: 7-1-1

 

Última actualización: 24 de junio de 2024
Código de Publicación: HA03S


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Descargo de responsabilidad: Disability Rights Texas se esfuerza por actualizar sus materiales anualmente, y este folleto se basa en la ley en el momento en que fue escrito. La ley cambia frecuentemente y está sujeta a varias interpretaciones por diferentes cortes. Cambios futuros en la ley pueden hacer que parte de la información en este folleto no sea exacta.

Este folleto no está diseñado para, ni sustituye la asesoría de un abogado o ayuda para su situación en particular.


Para solicitar este folleto en Lengua de Señas Americana (ASL, por sus siglas en inglés), Braille o como un archivo de audio, contáctenos.

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