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Puede haber circunstancias en las que crea que a un estudiante se le está negando indebidamente la inscripción a la escuela. Si ya se comunicó con el director de la escuela y con el asistente del superintendente (o con la Oficina de asistencia para padres y comunidad del Distrito escolar independiente de Houston [HISD, por sus siglas en inglés]) y el problema aún no se ha resuelto, puede presentar una Queja a nivel de distrito escolar. A continuación, encontrará las instrucciones de cómo presentar una queja y qué esperar después de presentarla.
Requisitos y formularios
Debe presentar la queja por escrito en un formulario de quejas proporcionado por el distrito escolar dentro de un plazo de 10 a 15 días después de que se produjo el problema. Algunos distritos proporcionan este formulario en línea, otros no, por lo que es posible que tenga que solicitar una copia del formulario de quejas a su escuela. Se debe entregar al director de la escuela el formulario y cualquier otro documento que pueda tener que ayude a explicar o probar el problema.
Para presentar una queja ante la Houston ISD, deberá presentar un Formulario de resolución de disputas para estudiantes y padres. Para acceder al formulario, visite la página web de Formulario de quejas de la Houston ISD.
Procedimiento y plazos típicos
Una queja podría pasar por tres niveles si no se resuelve en un nivel inferior. En el formulario de quejas se debe describir el problema y cómo quiere que la escuela lo resuelva. Lo mejor es si puede incluir en la queja todos los detalles posibles, como nombres, fechas, horas y lo que se dijo.
Nivel Uno: Una vez que se presenta la queja, el director suele tener 10 días escolares para resolver la queja. El director puede hacer una junta o conferencia para discutir el problema o puede limitarse a responder por escrito. Si no está satisfecho con la manera en la que el director ha propuesto resolver la queja o si el director no responde en el plazo de 10 días escolares, puede pasar la queja al nivel dos.
Nivel Dos: La queja de nivel dos suele implicar el envío de una copia de la queja de nivel uno, junto con la respuesta del director, si se ha proporcionado una, al asistente del superintendente designado. Usted presentará esta notificación de queja por escrito en un formulario proporcionado por el distrito dentro de los 10 días escolares de haber recibido la respuesta por escrito del director a la queja de nivel uno o si el director no respondió, dentro de los 10 días escolares a partir del día en que el director debería haber respondido.
El asistente del superintendente tendrá 10 días escolares para resolver la queja después de que presente la queja de Nivel Dos. El asistente del superintendente puede solicitar una junta para discutir la queja y cómo resolverla. Sólo se considerarán los asuntos y documentos compartidos con la queja de Nivel Uno. El asistente del superintendente debe proporcionarle una respuesta por escrito dentro de los 10 días escolares después de recibir la queja de Nivel Dos. Si no está satisfecho con la manera en la que el asistente del superintendente ha propuesto resolver la queja, o el asistente del superintendente no responde dentro de los 10 días escolares de recibir de queja, puede pasar al Nivel Tres.
Nivel Tres: En el nivel tres, puede presentar una solicitud de revisión de la queja al superintendente o al comité escolar. La solicitud debe ser por escrito y normalmente se debe presentar dentro de 7 a 10 días escolares a partir del día en que recibió la respuesta del asistente del superintendente, o si el asistente del superintendente no respondió, dentro de los 10 días escolares a partir del día en que el asistente del superintendente debería haber respondido. El superintendente o el comité escolar revisará los documentos relevantes y programará una junta o preparará una respuesta por escrito dentro de los 10 días escolares.
Texto para describir la violación
En el formulario de quejas habrá un espacio para que enumere la violación a la ley o a la política del comité escolar que le preocupa. A continuación, se encuentra un ejemplo de texto para la mayoría de las posibles razones que una escuela daría para negar la inscripción a un estudiante. Debe incluir cualquiera de las violaciones descritas a continuación que apliquen a su situación además de los hechos específicos de su caso.
Comprobante de domicilio – TEC § 25.001(d): El comité escolar puede adoptar lineamientos para determinar si un estudiante es residente. La guía de la Agencia de Educación de Texas aclara que esta capacidad de adoptar lineamientos no debe mantener a un estudiante fuera de la escuela mientras espera el comprobante de domicilio.
Prueba de identidad – TEC § 25.002(a)(1), (a1): Se puede solicitar un acta de nacimiento u otra prueba de identidad adecuada para la inscripción, pero la familia tiene 30 días para proporcionar esa documentación. No se puede negar la inscripción al estudiante mientras se espera la prueba de identidad (Política del comité escolar FD(Legal), pág. 9).
Registros escolares – TEC § 25.002(a)(2),(a-1): El distrito escolar anterior tiene 10 días hábiles para proporcionar los registros al distrito nuevo; la familia o el tutor tiene 30 días para proporcionar los registros escolares. No se puede negar la inscripción al estudiante mientras se esperan los registros escolares (Política del comité escolar FD(Legal), pág. 9).
Ausencia del padre o tutor – TEC § 25.001: La guía de la Agencia de Educación de Texas con respecto a la inscripción establece que: “la ausencia de un padre, tutor u otra persona con control legal de un niño… no es motivo para rechazar la admisión a la que el niño tiene derecho”.
Personas sin hogar – TEC § 25.001(b)(5): Una persona a la que se considera sin hogar bajo 42 U.S.C. §11302 tiene derecho a ser admitida en la escuela sin importar su residencia o la de sus padres, tutor u otra persona que tenga control legal.
Colocación en DAEP o JJAEP: Un estudiante que no está inscrito en la escuela, pero que está programado para asistir al Programa de educación alternativa disciplinaria o al Programa de educación alternativa de justicia juvenil, se debe inscribir primero en la escuela de su área mientras se hacen los arreglos para que ese estudiante asista a la escuela alternativa.
Negación de inscripción debido a la condición de libertad condicional: No existe ninguna ley estatal o federal que prohíba que un estudiante involucrado en el sistema de justicia juvenil se inscriba en la escuela; TCCP §15.27(a) establece que la información sobre el delito la proporcionará la Oficina del fiscal del distrito al superintendente.
Condición de inmigración – Política del comité escolar FD (legal): Negar la inscripción basada en la condición de inmigración a los niños que no están legalmente admitidos en los EE. UU. viola la Cláusula de igualdad de protección de la 14a enmienda de la Constitución de los EE. UU.
Número de seguro social – Política del comité escolar de GA (legal): Será ilegal que un distrito niegue a alguna persona cualquier derecho, beneficio o privilegio proporcionado por ley debido a la negativa de la persona de revelar su número de seguro social.
Estudiante obtuvo el GED – TEC § 29.087(h): Un estudiante que ha obtenido su GED todavía tiene derecho a asistir a la escuela para obtener su diploma de secundaria.
Exención de inmunizaciones – TEC § 38.001(c): Se puede prescindir de las inmunizaciones por razones de conciencia o religiosas o con una declaración jurada de un médico cuando las inmunizaciones supongan un riesgo significante para la salud o el bienestar del estudiante.
Inmunizaciones iniciadas, pero no completas – § 38.001(e): Un estudiante puede ser admitido provisionalmente en la escuela si ha comenzado a recibir las inmunizaciones requeridas y continúa recibiendo las inmunizaciones requeridas tan rápido como sea médicamente posible.
Ejemplo de texto para la solución solicitada en el formulario de quejas a nivel de distrito
Si está presentando una queja a nivel de distrito escolar por la negación de inscripción, puede utilizar el siguiente ejemplo de texto que aparece a continuación cuando complete el formulario de quejas de su distrito escolar. Las personas que presenten una queja ante el Houston ISD utilizarán el Formulario de Resolución de Disputas para estudiantes y padres, que está disponible en la página web de Formulario de quejas de la Houston ISD. Para todos los demás distritos escolares, consulte el sitio web del distrito para obtener una copia del formulario de quejas para padres y estudiantes o solicite uno con el director de la escuela.
Declaración de inquietudes o disputas: Negación de inscripción en la escuela
Solución solicitada: (incluidos los tres puntos)
(1) Inscribir al estudiante de inmediato en la escuela.
(2) Llevar a cabo una junta de transición de acuerdo con el TEC §37.023 para garantizar que el joven tenga un plan adecuado que le proporcione el apoyo académico, de comportamiento y de salud mental que necesita para progresar en la escuela.
(3) Proporcionar oportunidades para ponerse al día académicamente debido a la falta de instrucción que el estudiante experimentó mientras se le negó la inscripción.
Código de Publicación: ED34S
Este folleto es parte del Kit de herramientas para la reincorporación escolar de Texas.
www.DRTx.org
Admisión estatal: 1-800-252-9108
Llamada de video para lenguaje de signos: 1-866-362-2851
Llamada de video Púrpura 2: 512-271-9391
Admisión en línea disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana: intake.DRTx.org
Descargo de responsabilidad: Disability Rights Texas se esfuerza por actualizar sus materiales anualmente, y este folleto se basa en la ley en el momento en que fue escrito. La ley cambia frecuentemente y está sujeta a varias interpretaciones por diferentes cortes. Cambios futuros en la ley pueden hacer que parte de la información en este folleto no sea exacta.
Este folleto no está diseñado para, ni sustituye la asesoría de un abogado o ayuda para su situación en particular.
Para solicitar este folleto en Lengua de Señas Americana (ASL, por sus siglas en inglés), Braille o como un archivo de audio, contáctenos.
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