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Derechos de Voto de las Personas con Discapacidades

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Usted tiene derecho a votar, tenga o no una discapacidad, siempre y cuando esté registrado para votar en Texas.

Accesibilidad

La legislación estatal exige que todos los colegios electorales cumplan estrictas normas de accesibilidad, incluidos los siguientes criterios:

  • El área de votación debe estar en la planta baja, lo que significa que se puede entrar desde la calle o se puede acceder por un ascensor con puertas que se abran al menos 36 pulgadas de ancho
  • Las puertas de entrada y salida deben tener al menos 32 pulgadas de ancho
  • Cualquier cordón junto a la entrada principal del colegio electoral debe tener cortes en la acera, o rampas antideslizantes provisorias
  • Las escaleras necesarias para entrar o salir del colegio electoral deben tener pasamanos a cada lado, y también una rampa antideslizante.
  • El lugar de votación no debe tener barreras que impidan el paso de un votante con discapacidad física, tales como gravilla suelta, portones de cierre automáticos, puertas cerradas sin pomos tipo-palanca, etc.

Voto secreto

Es su derecho votar en privado y de forma independiente.

Dispositivos de voto especiales

A partir del 1º de enero de 2006, todos los centros de votación utilizados en las elecciones de Texas deben tener al menos un dispositivo de votación electrónico de grabación directa (DRE), diseñado para ayudar a los votantes a marcar su papeleta de forma confidencial e independiente. Esto también se aplica a los lugares de votación anticipada.

El DRE viene con anexos de ayuda que permiten a los votantes con discapacidades votar de forma independiente. Por ejemplo, una persona con una discapacidad visual puede utilizar auriculares para escuchar la lectura de la papeleta, y una persona con cuadriplejia puede pedir el accesorio de sorbo y soplido que le permitirá seleccionar a sus candidatos de manera confidencial.

Asistencia para la votación

Si necesita ayuda para leer o marcar su papeleta, puede pedirle a un amigo que le ayude a votar, o puede pedirle a los funcionarios electorales que le ayuden. Puede elegir a cualquier persona que desee para que le ayude, excepto su empleador, un agente de su empleador o un funcionario o agente de su sindicato.

Tiene derecho a recibir asistencia si no puede leer o escribir, o si tiene una discapacidad física que le impide leer o marcar la papeleta. No tiene que presentar pruebas de su discapacidad.

Si pide ayuda a los trabajadores del centro de votación, será asistido por dos trabajadores electorales el día de las elecciones, o un trabajador electoral durante la votación anticipada.

La persona que le ayude debe leerle toda la papeleta, a menos que pida que le lean sólo partes de la misma. La persona que le ayude también debe prestar juramento de que no intentará influir en su voto, y marcará su papeleta como usted le diga. También deben proporcionar su nombre, dirección residencial, parentesco con el votante, y si recibieron algún tipo de compensación.

La función de un observador electoral es de observar e informar sobre las irregularidades en el desarrollo de las elecciones. Sin embargo, los observadores electorales no deben interferir con usted mientras emita su voto.

Si decide contar con la asistencia de los funcionarios del centro de votación, los observadores electorales y/o los inspectores electorales estatales y federales presentes en el centro de votación podrán observar el proceso de votación para asegurarse de que la papeleta se ha marcado como usted solicitó. Si usted pide ser asistido por una persona de su elección, nadie más puede verle votar. Los observadores electorales sólo pueden observar su votación si un trabajador electoral le esté brindando asistencia. Los observadores electorales no pueden observar el proceso de votación si otra persona elegida por el votante está brindando asistencia.

Es ilegal que una persona que le asista intente influir en su voto, marcar su papeleta de forma distinta a la que usted ha pedido, o decirle a alguien cómo ha votado.

Intérpretes

Si no entiende el idioma que se habla en el colegio electoral o no entiende el idioma en que está escrita la papeleta, tiene derecho a un intérprete. Los condados deben proporcionar intérpretes si el votante solicita esta asistencia. Los condados también deben proporcionar intérpretes de ASL e intérpretes de idiomas alternativas según lo exige el Censo de EE. UU.

  • Si no puede hablar inglés, o si sólo se comunica con el lenguaje de señas, puede utilizar un intérprete para ayudarle a comunicarse con los funcionarios electorales. Puede seleccionar a cualquier votante registrado de su condado para que sea su intérprete.
  • Si no puede leer los idiomas de la papeleta, su intérprete puede traducir la papeleta para usted en la cabina de votación.
  • Si usted es sordo y no puede llevar a alguien que le interprete, vea si su condado proporciona un intérprete en cualquiera de los lugares de votación durante la Votación Anticipada o solicite un intérprete antes de la elección. Disability Rights Texas puede ayudarle a solicitar intérpretes.

Opciones de votación alternativas

Es posible que le resulte más fácil utilizar uno de los siguientes métodos de votación alternativos:

  • La votación en la acera está disponible durante la votación anticipada y el día de las elecciones en todos los lugares de votación de Texas. Si no puede físicamente entrar al lugar de votación sin riesgo para usted mismo, puede solicitar que un funcionario electoral le lleve una boleta a la entrada del lugar de votación o a un automóvil en el espacio de estacionamiento designado para votación junto a la acera. Después de marcar la boleta, entréguela al funcionario electoral quien la colocará en la urna electoral. O, a petición suya, un acompañante podrá entregarle una boleta y depositarla por usted.
  • La Votación Anticipada puede ser usada si encuentra dificultades para votar en su lugar de votación asignado el día de las elecciones. Puede elegir votar en un momento y lugar más convenientes, votando anticipadamente.
    Puede votar anticipadamente en persona durante el período de votación anticipada, que comienza 17 días antes del día de las elecciones y termina cuatro (4) días antes del día de las elecciones. En algunos condados de Texas puede votar anticipadamente en cualquier colegio electoral de su condado. Muchos condados de Texas también tienen Votación en Todo el Condado, esto significa que usted no tiene que votar en su distrito electoral durante la Votación Anticipada o el Día de las Elecciones. Puede votar en cualquier lugar de votación del condado que sea conveniente para usted.
  • El Voto por Correo es un método para llevar a cabo elecciones. En lugar de utilizar los tradicionales centros de votación donde los votantes van a depositar sus votos el día de las elecciones, puede hacer que le envíen una papeleta por correo si es un votante registrado. Luego usted marca la papeleta, y la envía por correo al secretario del condado para ser contabilizada.

Votación provisional

Tiene derecho a realizar una votación provisional si hay alguna duda sobre su elegibilidad. Los votantes cuya elegibilidad se cuestione podrán emitir un voto provisional que será contado una vez que los funcionarios electorales determinen que el votante es elegible.

Registro del votante

  • Las personas con discapacidad tienen derecho a registrarse para votar. Muchas personas que tienen tutela limitada también tienen derecho a votar. Tienen ese derecho a menos que un juez ordene específicamente que no puedan votar.
  • De acuerdo con la Ley Motor Voter, usted tiene derecho a registrarse para votar en cualquier agencia estatal que le brinde asistencia pública, y en todas las oficinas que ofrezcan programas financiados por el estado, diseñados para ayudar a las personas con discapacidades. Esto incluye, por ejemplo, el Departamento de Servicios Estatales de Salud, el Departamento de Servicios de Asistencia y Rehabilitación, la Comisión de la Fuerza Laboral de Texas, el Departamento de Transporte de Texas, etc.

Si usted es una persona con una discapacidad que necesita ayuda para registrarse para votar, tiene preguntas relacionadas con la votación o siente que alguno de sus derechos electorales ha sido violado, por favor comuníquese con la Línea Directa de Disability Rights Texas Voters al 1-800-796-VOTE (8683).

 

Última actualización: 24 de junio de 2024
Fecha de creacion: 18 de septiembre de 2020
Código de Publicación: HA04S


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Descargo de responsabilidad: Disability Rights Texas se esfuerza por actualizar sus materiales anualmente, y este folleto se basa en la ley en el momento en que fue escrito. La ley cambia frecuentemente y está sujeta a varias interpretaciones por diferentes cortes. Cambios futuros en la ley pueden hacer que parte de la información en este folleto no sea exacta.

Este folleto no está diseñado para, ni sustituye la asesoría de un abogado o ayuda para su situación en particular.


Para solicitar este folleto en Lengua de Señas Americana (ASL, por sus siglas en inglés), Braille o como un archivo de audio, contáctenos.

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